| Preguntas más frecuentes de tipo jurídico |
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. ¿Dónde se solicita un abogad@ de oficio?
En el propio Juzgado o Tribunal al que corresponda el procedimiento para el que se solicita el abogado; o en los colegios de abogados del territorio donde se ubica dicho Juzgado o Tribunal. (Telf. Colegio de Abogados de Madrid: 914357810).
. ¿Qué puedo hacer si me abogad@ entiendo que me ha engañado o ha actuado negligentemente?
En principio, como primer paso, lo más recomendable es plantear el caso ante el Colegio de abogados de la provincia donde se ha llevado a cabo la actuación, ya que allí puedes obtener una valoración previa de la cuestión y además éstos también pueden actuar desde el punto de vista disciplinario contra el abogad@.
· ¿Con cuántas personas puedo constituir una asociación?
Con un mínimo de tres personas y a partir de este número no hay límite máximo, puede constituirse con un número ilimitado de personas.
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